- La norma llega con el objetivo de proteger al consumidor de malas prácticas en la comercialización de propiedades.
- Con la nueva NOM, quienes hagan las cosas bien, van a sobrevivir y a crecer: Julio César Gallardo.
- A pesar que la NOM de Vivienda no contempla sanciones, se deberá tomar en cuenta la Ley de Protección al Consumidor: Fabiola Pérez.
La nueva NOM 247 SE 2021, que regula la operación de compra y venta de una vivienda, será positiva para el sector inmobiliario. Aunque se tendrá que superar la curva de aprendizaje, esta nueva reglamentación viene a impulsar mejores prácticas entre agentes inmobiliarios y a velar por los derechos de quienes desean adquirir una propiedad.
Lo anterior fue parte de las conclusiones de expertos al participar en la más reciente emisión de “Inversiones Inmobiliarias” programa conducido por Karim Goudiaby, fundador y CEO de la inmobiliaria digital NEXIMO. Durante su intervención en una mesa especial para hablar sobre el impacto de la nueva norma, los especialistas coincidieron que permitirá detonar la capacitación y profesionalización del sector en beneficio de los clientes.
Sobre el tema, Julio César Gallardo, Asesor Legal de la Asociación de Profesionales en Comercialización Inmobiliaria (APCI), destacó que si bien de inicio la norma nace con la visión de regular la actividad de venta de los desarrolladores inmobiliarios ante irregularidades detectadas, la reglamentación aplicará para todo aquel cuya actividad profesional sea la venta de inmuebles, tantos nuevos como usados. Señaló que la nueva NOM en Vivienda llega para evitar abusos y eliminar malas prácticas que se han observado al momento de comercializar una propiedad.
En términos generales, destacó que la nueva norma lo que busca es eliminar la publicidad engañosa. En otras palabras, señaló, se busca que lo que se ofrece del inmueble al momento de promover la venta, se cumpla y se concrete con la firma.
“De inicio creo que sí llega para regular la actividad de los desarrolladores. Si bien no se puede generalizar, pero como en todo, hay buenos actores y otros que no lo son tanto. Sin embargo, el principal mensaje es que lo que hagas y ofrezcas desde la caseta de ventas o desde que promueves una propiedad, tiene que ser simétrico con lo que va a quedar en el contrato.
“Hay dos fases: la precontractual, que involucra la información, publicidad y datos del desarrollo o vivienda, y luego como lo plasmas en el contrato. Es conceptualmente fácil, porque si tu dices que tiene tantos metros cuadrados, tantos baños, tal calidad, eso se debe cumplir en el contrato”, indicó.
Julio César Gallardo consideró que la nueva NOM es positiva para el sector. Sobre todo, porque permitirá depurar a los malos desarrolladores o asesores inmobiliarios.
Creo que es bueno porque la gente de la industria que hagan las cosas bien, van a sobrevivir y a crecer, y la gente que está haciendo las cosas mal van a decantar”.
El experto añadió que lo que viene es una curva de aprendizaje del sector para adoptar la norma. No obstante, dijo, ha sido vista con buenos ojos.
Definitivamente vemos positiva la norma, porque toda regulación, aunque a veces espanta y claramente tienes una curva de aprendizaje, y un periodo de adaptación, es positiva. Cabe recordar que esto lo que busca es proteger al consumidor. Como industria tenemos que adaptarnos. Hay prácticas muy marcadas que están penadas, como las ventas atadas”.
Alcances de la Nueva NOM 247 SE 2021
Por otro lado, Fabiola Pérez, presidente de la Comisión de Vivienda de Coparmex Estado de México, habló sobre el impacto de la norma para aquellos que no se ajusten a sus lineamientos.
La especialista indicó que si bien la norma no contempla sanciones en específico, si contiene un apartado de “bonificaciones”. Con esto, explicó, la reglamentación marca que en caso de fallas en la vivienda, se tendrá que retribuir al comprador.
Tenemos una parte en la norma que habla de bonificaciones. Está muy bien hecho, ayudando al consumidor en el sentido que si hay fallas graves, se le puede hacer una bonificación de hasta 30% del valor de la casa, y si son fallas no tan graves, es hasta el 5%. También se maneja la restitución del inmueble, esto es que se cambie por otro y en caso de no cambiar, se puede hacer la devolución del enganche con intereses”.
Aunado a lo anterior, indicó que si bien la norma no determina sanciones, las operaciones de compra y venta de inmuebles se rigen bajo la Ley Federal de Protección al Consumidor. Por lo que, en caso de irregularidades, se podrá aplicar lo que dice las disipaciones y será Profeco quien podrá actuar.
“La norma no tiene sanciones. Sin embargo, está la Ley Federal de Protección al Consumidor, que en sus artículos 126 y 127 menciona cuánto te van a sancionar si incumples la ley federal. Y esto va desde 205 hasta 1 millón 300,000 pesos aproximadamente. Entonces, los asesores o desarrolladores, o cualquier persona que se ponga a leer la norma podrá decir que no va a tener ninguna sanción, pero hay que tener en cuenta La Ley de Protección al Consumidor”.
Inversiones Inmobiliarias se transmite todos los jueves de 22 a 23 hrs. y sábados de 14 a 15 hrs.
A través de Imagen Radio (90.5 FM) y TV Multicast. En cada emisión, además de contar con entrevistas a los personajes más influyentes del sector inmobiliario, se buscará abrir el debate sobre temas polémicos en torno a la industria.
Cabe destacar que NEXIMO se concibe como la primera inmobiliaria digital en nuestro país, perteneciente a Iad Internacional, la red inmobiliaria formada exclusivamente por agentes independientes cuya actividad es la intermediación inmobiliaria con presencia en Francia, Portugal, España, Italia, Alemania y México.
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